confianza al gabinete torres

De acuerdo con el Art. 130 de la Constitución dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el presidente del Consejo de ministros concurre al Congreso en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general de gobierno y sus principales iniciativas; plantea al efecto cuestión de confianza.

Por otro lado, el Art. 134 indica entre otros puntos que el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso, si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de ministros; indica además que el decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la disolución. No puede ser disuelto en el último año de su mandato.

También es importante tener en cuenta lo que dice el Art. 82 del Reglamento del Congreso que tiene Fuerza de Ley, sobre el procedimiento que se sigue el día que concurre el Gabinete Ministerial a pedir la Confianza del Congreso; indica que al inicio de su exposición, el Presidente del Consejo de Ministros entrega la versión completa a cada uno de los Congresistas.

Especifica también que la Cuestión de Confianza será debatida y votada en la misma sesión o en la siguiente.

Se consigue el Voto de Confianza con la mayoría simple de los presentes en la sesión. Si asistieran los 130 Congresistas, se requerirían 66 votos a favor.

Si la mayoría de los votos es en abstención significa que no se ha llegado a una decisión y tendría que volverse a votar.

Con estas reglas de juego acude el gabinete de Aníbal Torres a pedir la confianza al Congreso con un grupo de seis ministros impresentables, cuestionados multipartidariamente pero que tienen el aval del gobierno por considerar que son leales y que apoyaran públicamente o por lo bajo, el objetivo principal que se han planteado, la convocatoria de una Asamblea Constituyente para cambiar la Constitución. 

Para este logro el gobierno está copando todos los estamentos del Estado con personas que cumplan el perfil antes citado, sin importar sus valores y/o línea de conducta, así como su capacidad profesional para el cargo.

Queda claro que se ha cambiado de postura, no es el gobierno el que tiene que públicamente impulsar la Asamblea Constituyente para cambiar la Constitución, ya que no dispone ni  de la legalidad constitucional para hacerlo, ni la fuerza política necesaria, por eso el Presidente del Consejo de Ministros seguramente mencionará en su discurso ante el Congreso que no lo harán; lo que no quiere decir que se descarte que podrían actuar por lo bajo, encargándose de ello el Partido Perú Libre quienes podrían utilizar el aparato estatal, como el sistema de gobierno interior e inteligencia a cargo de Prefectos y Sub Prefectos, así como a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINI) que tiene los fondos reservados de inteligencia que no se rinden cuentas, con la misma modalidad que el resto de los organismos del Estado, para ayudar a movilizar a la gente y presionar al Congreso y a la sociedad.

Definitivamente estamos en un enfrentamiento político que definirá los destinos del Perú, por ello se tiene que pensar maliciosamente para evitar terminar como tonto útil.

 

 

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