el voto de confianza al gabinete ministerial

De acuerdo al Art. 130 de la Constitución dentro de lo treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo de Ministros concurre al Congreso en compañía de los demás Ministros, para exponer y debatir la política general de gobierno y sus principales iniciativas; plantea al efecto cuestión de confianza.

Por otro lado, el Art. 134 indica entre otros puntos que el Presidente de la República está facultado para disolver el Congreso si éste ha censurado o negado su confianza a dos Consejos de Ministros; indica además que el decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo Congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la disolución. No puede disolverse el Congreso en el último año de su mandato.

Estos dos artículos ponen las reglas de juego en este procedimiento democrático que no existe por lo general en Estados que tienen un modelo Presidencialista, es un imperativo en el modelo Parlamentario que lo tienen la mayoría de los países europeos.

Podemos afirmar entonces que el Estado Peruano está organizado bajo un régimen Presidencialista con algunas incorporaciones de los regímenes Parlamentarios.

También es importante tener en cuenta lo que dice el Art. 82 del Reglamento del Congreso que tiene Fuerza de Ley, sobre el procedimiento que se sigue el día que concurre el Gabinete Ministerial a pedir la Confianza del Congreso; indica que al inicio de su exposición, el Presidente del Consejo de Ministros entrega la versión completa a cada uno de los Congresistas.

 Especifica también que la Cuestión de Confianza será debatida y votada en la misma sesión o en la siguiente, según lo que acuerde previamente el Consejo Directivo o en el acto el Pleno del Congreso.

Se consigue el Voto de Confianza con la mayoría simple de los presentes en la sesión. Si asistieran los 130 Congresistas, lo que es improbable, se requerirían 66 votos a favor.

Como anticipo a este procedimiento que se verá el Jueves 26 en el Congreso, podemos evaluar que el Consejo de Ministros tiene 37 votos de Perú Libre, 06 votos de Somos Perú-Partido Morado, ya que estos últimos parece que votarían en abstención y los 05 votos de Juntos por el Perú, se podrían sumar algunos votos de Podemos, Alianza para el Progreso y Acción Popular que si vota en bloque a favor de la Confianza esta le sería otorgada.

También podría ocurrir que se logre una mayoría de votos en abstención, lo que no sería una negación de la confianza, pondría el caso en un limbo para presionar a que el gobierno efectúe algunos cambios en el Gabinete Ministerial.

 Si el Pleno del Congreso negara su confianza al Consejo de Ministros, el mandatario aceptará la renuncia del Presidente del Consejo de Ministros y de los demás Ministros.

La realidad es que tenemos un Gabinete Ministerial muy cuestionado, al haberse priorizado a personas afines a la ideología Marxista-Leninista-Mariateguista, sobre las capacidades profesionales para el ejercicio del cargo, teniéndose un Presupuesto General de la República que para el próximo año puede sobrepasar los 200,000 millones de soles.

Esperamos que el Gobierno haga algunos cambios de Ministros cuestionados, antes de que el Gabinete pida el Voto de confianza.

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